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viernes, 18 de noviembre de 2011

PRIMER PROYECTO DE LEY PARA DEROGACION DEL CAS FUE PRESENTADO POR ACCIÓN POPULAR

LIMA, 17NOV2011)- El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Trabajo del Parlamento, dijo que se va a terminar con un trato laboral discriminatorio  cuando se elimine el régimen CAS del Decreto Legislativo 1057 en el cual están más de 113 000 trabajadores del sector público de los tres niveles de gobierno según SERVIR (38% del gobierno nacional, 30% de los gobiernos regionales y 22% de los municipios, excluyendo al sector magisterial). El primer proyecto de ley que propone derogar el mencionado decreto legislativo fue presentado por  el partido Acción Popular: Se trata del PL 237/2011-CR con cargo de recepción  del 20 de setiembre del 2011, y fue decretado a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social dos días después, es decir, el 22 de setiembre pasado. Luego de esto otras bancadas parlamentarias se han sumado a la iniciativa de Acción Popular, presentando proyectos de ley en igual sentido.
Lescano dijo es seguro que la Comisión de Trabajo apruebe esta iniciativa legislativa, puesto que el régimen CAS tiene un carácter eminentemente transitorio, e inclusive hay una sentencia del Tribunal Constitucional que ordenó al Ministerio de Trabajo emitir una regulación para fijar porcentajes máximos  de trabajadores bajo este esquema, lo que no se ha cumplido.
El régimen CAS atenta contra el derecho a la igualdad, ya que a trabajadores que realizan las mismas funciones y tienen las mismas responsabilidades les asigna categorías laborales distintas: A unos les concede todos los beneficios sea bajo el régimen de los Decreto Legislativos 276 ó 728, y a otros les da menores derechos, en el caso del Decreto Legislativo  1057.
Si bien el Tribunal Constitucional ha señalado que el esquema CAS no es inconstitucional, ya que implica un hito más en la senda de  la incorporación progresiva de mayores derechos a los trabajadores, ya que se partió de un esquema que no reconocía ningún derecho laboral (los contratos por servicios no personales), lo cierto es que su carácter transitorio obliga a que sea derogado, y se homologue a los servidores afectados, más aún si tienen menores derechos.
Lima 17 de noviembre del 2011.

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